Redacción – El fiscal José Javier Polo, en representación del Ministerio Fiscal, ha reducido las peticiones de pena para Sandro Rosell y el resto de los acusados prácticamente a la mitad en un intento de protegerse de cara a la sentencia final. Ha escogido la vía menos traumática, la de rebajar la pena al mínimo que marca los delitos que mantiene: blanqueo de capitales y grupo criminal. A Sandro Rosell se le solicitaban un total de once años de prisión y la nueva petición es de seis años, a Joan Besolí de diez años a 4 años y medio, Andreu Ramos de ocho a un año y seis meses, Sahe Ohannessian de siete a un año y seis meses. a la esposa de Rosell, Marta Pineda, de pedir siete a pedir un año y seis meses y por último a Josep Colomer, de solicitar seis años a un año y seis meses.
Y le debió costar al fiscal mantener estas penas después de escuchar las conclusiones de los dos catedráticos presentados por la defensa, el especialista en derecho penal español Gonzalo Quintero y el brasileño Renato Silveira, dos eminencias que hicieron palidecer al fiscal, que reconoció admiración absoluta por Quintero: “No puedo evitar expresar mi admiración por el profesor Gonzalo Quintero, al que he leído y estudiado, seguramente con muy poco éxito…”. Y es que los dos especialistas concluyeron que “no existe delito” en la causa contra Rosell. Y fueron argumentando cada uno de los puntos clave del proceso.
CBF es una entidad privada
Renato Silveira dejó muy claro que “la CBF es una entidad privada y se financia solamente con fondos privados y su presidente no es una autoridad pública”. Añadió que “el presidente de la CBF no puede incurrir en el delito de corrupción o soborno previsto para funcionarios públicos” y comentó que “en Brasil no existe el delito de corrupción entre particulares o corrupción en los negocios privados”. Otra de las conclusiones del ilustre profesor fue que “el soborno en Brasil solo se castiga cuando se comete en el sector público y el blanqueo de capitales no cabe desde una entidad privada”. En cuanto al famoso delito de estelionato, mencionado por Romario en su declaración contra Teixeira y Rosell, el experto en derecho brasileño dejó muy claro que “es un delito contra el patrimonio que requiere engaño, error y disposición de bienes, además de la existencia de un perjudicado”. Recordemos que en este caso el presunto perjudicado sería la CBF que declaró de forma oficial no sentirse perjudicado.
Pau Molins, abogado de Sandro Rosell, preguntó a Silveira si el pago de comisiones en el sector privado se podía castigar con el delito de estelionato a lo que el profesor respondió que no. Gonzalo Quintero dio una clave esencial cuando relató que “no sólo hay que comprobar que la conducta que sucedió allí (en Brasil) es delictiva sino que antes hay que contestar a la previa es si es delictiva aquí”. Y las supuestas acusaciones del fiscal no son delito en Brasil… ni en nuestro país. La cara de los jueces ante la declaración de Quintero eran todo un poema. Pocos catedráticos tienen el prestigio de esta eminencia en derecho penal.
Previo a la comparecencia de los catedráticos, la defensa de Saha Ohannessian presentó varios testigos que probaron que la empresa BSM la dirigía él y no Sandro Rosell. El momento más delirante fue cuando el fiscal preguntó al director de marketing de la Federación de Baloncesto como era posible que después de negociar durante cuatro años con Ohannessian le llamase ‘Onnehassian” a lo que éste contesto: “Si se llamase Martínez no me equivocaría pero con ese apellido…”.
Y es que la propia letrada del empresario libanés suele equivocarse, como todos. Pero que hiciera este comentario el fiscal es de traca cuando lleva todo el juicio llamando a Sandro ‘Rosel’ por Rosell y ayer a Emili Sabadell lo llamó repetidamente ‘Sabadel’